Derecho del libro, derecho para el libro

La ley del 18 de junio 2003 concerniente al derecho de préstamo permite no pesar financieramente sobre los prestatarios gracias a un fuerte compromiso del Estado, de apoyar la édición "viva" y a los autores activos gracias a la originalidad de su modo de remuneración, favorecer el regreso de las librerías en región en los mercados públicos gracias al tope de las rebajas, y contribuir generosamente al régimen de jubilación de los escritores gracias a un abundamiento de 50 %. Entonces, no hay que debilitar inconsideradamente el derecho de autor, en una época en la cual numerosos retos deberán ser aceptados por la edición digital, y la gestión de los derechos de las obras indisponibles luego de su digitalización sabrá sacar provecho de la experiencia mediante la puesta en común de ficheros y la optimización de los medios informáticos.
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